Cripto apuestas: la moneda que no cabe en una cuenta con permiso
Datos actualizados a noviembre 5, 2026; los permisos de la Secretaría de Gobernación que aparecen abajo son los que cada marca o cada compilación de prensa publica, contrastados con el Registro Público de la Propiedad que lleva la Dirección General de Juegos y Sorteos de la SEGOB.
Un aficionado abre el buscador, escribe “cripto apuestas” y espera encontrar una casa de apuestas que le reciba bitcoin en la pantalla de depósito. Lo que encuentra es un mercado mexicano que corre con tarjeta, transferencia SPEI, voucher de OXXO y monedero electrónico, y una palabra que casi nadie usa bien: permiso. No licencia, no licencia digital, no licencia internacional con sucursal. Permiso de la Secretaría de Gobernación, con un permisionario terrestre detrás.
Esa palabra es el costo del tema. Cada método de pago que un operador nombra en su propio pie de página es un rastro con nombre, apellido y documento fiscal. El SPEI deja número de cuenta y CLABE. El voucher de OXXO deja una cadena de tienda y una hora. La tarjeta deja un banco emisor que sabe leer un estado de cuenta. Una criptomoneda, movida entre dos monederos, deja una cadena pública de bloques y ningún nombre: es precisamente por eso que ninguna marca que publica un permiso de la SEGOB la ofrece como método.
El mercado mexicano no tiene una ley pensada para internet. La Ley Federal de Juegos y Sorteos salió publicada en el Diario Oficial de la Federación el 31 de diciembre de 1947, cuando el país no tenía apuestas en línea, y su texto prohíbe en todo el territorio los juegos con apuesta salvo los expresamente autorizados. El Reglamento de esa ley, reformado el 16 de noviembre de 2023, añade en su artículo 2 la pieza que ordena todo lo demás: lo que no está previsto expresamente, está prohibido. Ninguna apuesta con criptomonedas está prevista expresamente.
Las nueve casas que aparecen más abajo operan bajo un permiso de la SEGOB otorgado a un permisionario terrestre. Ese es el dato que las hace comparables entre sí y el que las separa de la zona descrita en el apartado sobre sitios sin permiso. Ninguna muestra una moneda digital en su lista de pagos. Ninguna puede mostrarla sin cambiar de régimen legal.
Lo que sí se puede comparar, y es lo que hace este texto: cuántas restricciones arrastra cada permiso, cuánto cuesta cada oferta cuando se lee completa, cuánto tarda un retiro, quién está bloqueado y qué herramientas de control tiene el jugador cuando la sesión se le va de las manos. Las criptomonedas van aparte, como fenómeno, con lo poco que la evidencia mexicana permite afirmar sobre ellas.
Las nueve casas de apuestas con permiso de la SEGOB, comparadas una por una
Antes de la tabla conviene decir qué se está mirando, porque el orden de las columnas no es casual. En México no existe una lista oficial de permisos que un ciudadano pueda abrir y consultar: la Dirección General de Juegos y Sorteos publica en teoría un documento con los sitios autorizados, pero ese documento no se ha podido abrir, y el Congreso pidió entre mayo y julio de 2026 un registro público abierto. Mientras eso no exista, el número de permiso que encuentras en el pie de un sitio es lo que ese sitio dice de sí mismo, y el número que aparece en una nota de prensa es lo que esa nota recogió. Los conteos de sitios de apuestas también se contradicen: un reporte habla de 136, otro de entre 30 y 35 operadores digitales en dominios .mx. Por eso ninguna cifra de total aparece aquí.
Los datos de permisos son los que publican las compilaciones y los pies de página de las marcas, no una confirmación oficial, y por eso la tabla los marca como tales. Varios números se contradicen entre compilaciones distintas; donde eso ocurre, no se imprime ninguno.
| Casa de apuestas | Permiso de la SEGOB según la fuente que lo publica, no confirmado oficialmente | Lo que dice la ficha o el pie de página de la marca |
|---|---|---|
| Pickwin | Los números se contradicen entre compilaciones; titular que nombran: Producciones Móviles S.A. de C.V., con Unocapali La Paz Operadora | La marca publica su propia lista de casas reguladas y reconoce el permiso en su blog |
| Novibet | DGJS/DCRCA/1121/2020, según el portal Casas de Apuestas Legales; titular: Comercial de Juegos de la Frontera S.A. de C.V. | La marca no nombra método de pago en cripto en su ficha |
| Codere | DGJS/1018/2015 y DGJS/234/2019, según el portal Apuestas Legales; titular: Libros Foráneos S.A. de C.V. (Codere México) | La ficha de la app en la App Store de México dice que opera con permiso de la SEGOB, limita el uso a mayores de 18 años e incluye avisos de juego responsable y políticas de cierre de cuenta |
| 1xBet | DGJS/0002/2020, según el portal Apuestas Legales; titular: Entretenimientos Naturales; la App Store lista la app bajo 1XCorp N.V., empresa distinta de la titular nombrada | La marca no nombra método de pago en cripto en su ficha |
| Betway | 4184, según el portal Casas de Apuestas Legales; titular: Espectáculos Deportivos Frontón México S.A. de C.V. | La marca no nombra método de pago en cripto en su ficha |
| Strendus | DGJS/075/2018, DGJS/2801/2021 y DGJS/DCRCA/2321/2021, según el portal Casas de Apuestas Legales; las compilaciones difieren en el titular: Atracciones y Emociones Vallarta o New Ads | La marca no nombra método de pago en cripto en su ficha |
| Betcris | El número del pie de página de la propia marca y el de la tabla del titular difieren: el pie muestra un número a nombre de Producciones Móviles, la compilación otro | El pie de página de la marca nombra su empresa y una licencia de la Autoridad de Juegos de Malta vigente hasta el 3 de noviembre de 2026 |
| Caliente | DGG/SP/404/97, mostrado en el pie de página del propio sitio de la marca; operadora: Tecnología en Entretenimiento Caliplay, S.A.P.I. de C.V. | El pie de página lo presenta como autorización de la Secretaría de Gobernación; la app limita el uso a mayores de edad y enlaza una sección de juego responsable |
| Playdoit | DGAJS/SCEVF/P-02/2005, según el portal Casas de Apuestas Legales; titular: Eventos Festivos de México | La marca no nombra método de pago en cripto en su ficha |
La primera columna es incómoda a propósito. Un lector que compara casas de apuestas suele buscar la columna limpia, el número de licencia que resuelve la duda de un vistazo, y en México esa columna no existe todavía. Lo que hay es una cadena de intermediarios: la SEGOB autoriza a un permisionario, el permisionario sostiene el permiso, y la marca comercial que ves en pantalla es una tercera pieza que puede ser del mismo grupo o no. Varios datos de esta página muestran exactamente ese hueco: la compilación de permisos de Pickwin da un número que es el mismo que el pie de página de Betcris muestra para Producciones Móviles, y la app de 1xBet aparece en la App Store bajo una empresa distinta de la titular del permiso. Nada de eso es ilegal por sí solo, pero sí es la razón por la que el número de permiso nunca debería ser el único criterio de elección.
Ninguna de las nueve casas comparadas nombra una criptomoneda entre sus métodos de pago. Las opciones que aparecen en sus fichas y pies de página son tarjetas, transferencia SPEI, vouchers en tiendas como OXXO y monederos electrónicos. Esto no es un descuido de las marcas, sino una consecuencia de su régimen legal.
Dos nombres que un lector mexicano esperaría encontrar aquí no están: bet365.mx y Betano, de Ganador Azteca y del grupo de Ricardo Salinas Pliego. Ambas fueron deshabilitadas desde noviembre de 2025, cuando la UIF identificó trece casinos y congeló cuentas, y su estado judicial sigue moviéndose. En diciembre de 2025 un tribunal colegiado les permitió publicar solo contenido informativo ajeno a las apuestas; en marzo de 2026 un juez de distrito concedió a bet365 un amparo contra el bloqueo y el sitio seguía inactivo el 24 de marzo de 2026; en julio de 2026 la DGJS suspendió diez dominios de casino en línea, entre ellos betano.mx y bet365.mx. Ponerlas en una tabla comparativa como si estuvieran operando sería escribir una página que caduca en una semana.
Fundamentos: cómo funciona una apuesta por internet y por qué el momio no es una promesa
La parte técnica del asunto se explica en dos capas que se confunden todo el tiempo: el mecanismo de la apuesta y el mecanismo de la moneda. La primera es la que decide cuánto cuesta jugar. La segunda es la que decide cuánto se ve lo que juegas.

Una apuesta sencilla tiene tres piezas: el momio, el monto y el boleto. El momio es el precio que la casa le pone a un resultado; el monto es lo que arriesgas; el boleto es la constancia de la combinación. Una apuesta en vivo, un hándicap, un más/menos y un parlay —o combinada, según se diga en cada casa— son variantes del mismo esqueleto. Nada de eso cambia porque el dinero entre por SPEI o por una moneda digital.
El momio es lo primero que conviene desarmar. Cuando una casa anuncia un momio de 1,90 en un partido de dos resultados posibles, no está regalando nada: está cobrando. La forma de verlo es tomar los momios de todos los resultados del mismo mercado y sumar sus inversos. Con dos resultados a 1,90 y 1,90 la suma de inversos da 1,0526, y el complemento, 5,26 por ciento, es lo que el mercado paga de menos respecto de un reparto exacto. Ese porcentaje es el margen, y sale del bolsillo del apostador en cada boleto, gane o pierda, sin que aparezca en ningún estado de cuenta.
Las cifras concretas de margen en torneos específicos no se publican en México y no se imprimen aquí, porque un margen es de un mercado y de un momento determinados, no de una casa. Lo que un lector puede hacer sin depender de nadie es comparar el mismo mercado en dos o tres operadores y mirar la diferencia entre el mejor momio y el peor. Ese diferencial es su propia medida del margen, gratis y todos los días.
También conviene saber qué pasa con un momio que parece generoso en un mercado de muchos resultados. En un parlay el precio de las patas se multiplica: dos selecciones a 1,90 y 1,90 dan un momio de 3,61. Las casas lo anuncian como una oportunidad; es aritmética de multiplicación, no generosidad. Cuantas más patas, más margen acumulado, y una sola pata fallida derrumba el boleto completo.
Cuánto paga una apuesta ganadora es sencillo de calcular, y conviene tenerlo claro antes de mirar cualquier promoción: el retorno es el monto multiplicado por el momio, y la ganancia neta es el monto multiplicado por el momio menos uno. Mil pesos a 1,90 devuelven 1.900 pesos, de los cuales 900 son ganancia. Un parlay de dos patas a 3,61 sobre esos mismos mil pesos devuelve 3.610 pesos. El cálculo responde qué paga un boleto ganador y nada más: no dice con qué frecuencia se gana, y ninguna casa puede decirlo.
Ahora la segunda capa, la de la moneda. Bitcoin es un registro que se asegura con prueba de trabajo: los mineros compiten por hallar un hash de bloque inferior a un objetivo de dificultad que la propia red fija, y con eso se sella el orden de las operaciones. Su creador o creadores operan bajo el seudónimo Satoshi Nakamoto, cuya identidad real sigue sin conocerse, y el primer bloque de la cadena se minó el 3 de enero de 2009. El protocolo limita la emisión total a 21 millones de monedas, y la última fracción se minaría alrededor del año 2140.
Conviene subrayar la palabra seudónimo. Una cadena de bloques no es anónima: es pública y permanente. Cualquiera puede leer que una dirección envió cierta cantidad a otra en un momento dado, y el vínculo entre una dirección y una persona es lo que a veces se rompe y a veces no. Un monedero comprado con identificación en un exchange regulado guarda esa identidad con el exchange. Un monedero que recibe una transferencia desde una cuenta bancaria a nombre del usuario conserva el mismo vínculo. El seudonimato protege a quien no ha dejado rastro en ningún otro lado, y esa categoría es más pequeña de lo que sugiere la publicidad del sector.
Ese es el punto donde el tema deja de ser técnico y se vuelve de dinero. Si el motivo para buscar cripto en una casa de apuestas es que la transacción no aparezca en ningún lado, el resultado probable es el contrario: aparece en la cadena para siempre, y además fuera del registro de un operador que sí responde ante una autoridad mexicana.
Normativa: qué obliga de verdad a una casa de apuestas en México
La autoridad es la Secretaría de Gobernación, y dentro de ella la Dirección General de Juegos y Sorteos, que autoriza, controla, supervisa, expide, modifica y extingue permisos y sustancia los procedimientos de sanción. El Reglamento de la Ley Federal de Juegos y Sorteos deja claro en su artículo 2 que la SEGOB interpreta y aplica la ley en la vía administrativa, y en su artículo 3 define el permiso como un acto administrativo temporal otorgado a un permisionario. Temporal es la palabra que más se ignora en las comparativas: un permiso no es un derecho perpetuo.

La ley de fondo es de 1947 y su arquitectura es prohibitiva con excepciones. Prohíbe en todo el país los juegos con apuesta salvo los expresamente autorizados. Su artículo 7 pone en la SEGOB la facultad de otorgar permisos e inspeccionar; el artículo 8 le permite clausurar establecimientos sin autorización; el artículo 9 prohíbe que un local de apuestas quede cerca de escuelas o centros de trabajo; el artículo 10 reparte tareas con estados y municipios. El Reglamento reformado el 16 de noviembre de 2023 insiste en la misma lógica cerrada: lo que no está previsto expresamente para las apuestas y los sorteos está prohibido, y su artículo 1 excluye del régimen únicamente lo que corresponde a la Lotería Nacional.
Los tipos de permiso que importan para apostar son dos: los centros de apuestas remotas y las salas de sorteos de números o símbolos, según el artículo 28. Los titulares de permisos de hipódromo, galgódromo o frontón pueden obtener permisos complementarios para apuestas remotas. Los permisos son intransferibles, artículo 31, y sus titulares deben rendir cuentas trimestrales y una anual auditada, mantener seguro, reportar operaciones sospechosas de lavado de dinero y constituir fianza, artículo 29. Ese paquete —contabilidad auditada, seguro, reporte a la UIF y fianza— es lo que compra un permiso, y es lo que no existe del otro lado de la frontera regulatoria.
Ninguna norma mexicana nombra las apuestas en línea. Lo que se practica es que un sitio digital no puede tener un permiso propio y desprendido, sino que cuelga de un permisionario terrestre autorizado, y muchas marcas extranjeras operan con un permisionario local. Un mismo permisionario puede sostener varias marcas comerciales, y eso explica los titulares repetidos que aparecen en la tabla de esta página. Cuando el titular del permiso y la empresa del sitio son distintos, no hay una violación automática: hay una estructura que conviene leer completa antes de depositar, porque define quién responde si algo sale mal.
Hay un hueco administrativo que cuesta dinero a quien confía en él. La Dirección General de Juegos y Sorteos debería publicar un documento con los sitios autorizados, y ese documento no se ha podido abrir; el Congreso pidió entre mayo y julio de 2026 un registro público abierto. Sin él, la verificación se hace a mano y con paciencia: se busca el nombre del permisionario en el pie de página, se comprueba que la marca mencione la SEGOB y el número, y si el número no aparece en ningún documento oficial accesible, se trata como lo que es, un dato de la marca.
Sobre lo que se puede apostar, las reglas leídas son más silenciosas de lo que la gente supone. Las apuestas deportivas solo son posibles a través del permiso de un permisionario. Las apuestas en vivo, los deportes virtuales, los esports y los tipos de apuesta no tienen una regla separada en los artículos del Reglamento revisados. Las apuestas mutuas y las carreras se regulan en hipódromos, galgódromos y frontones con “cruce de apuestas”, figura en la que los menores nunca pueden participar, artículo 5. Sobre una bolsa de apuestas entre usuarios no se encontró disposición alguna, y este texto no afirma que exista una en México. Tampoco se encontraron reglas específicas sobre eventos restringidos, ligas menores o selecciones juveniles.
El dinero del jugador pasa por tres filtros antes de llegar a la casa. Las marcas verifican la identidad de sus usuarios y reportan operaciones relevantes a la UIF y al SAT, porque el juego con apuestas es una actividad vulnerable bajo la ley antilavado. Los retiros van a una cuenta a nombre del jugador, no a la de un tercero. Y si el premio causa retención, el operador emite un CFDI de retenciones. Los métodos de pago que las marcas nombran en sus fichas son tarjetas, transferencia SPEI, vouchers en tiendas y monederos electrónicos; ninguno de ellos es una criptomoneda.
El permiso que no se puede consultar y lo que cuesta creerle a la marca
Un permiso es un documento público en teoría y una captura de pantalla en la práctica. Cuando una casa de apuestas escribe en su pie de página “operamos con permiso de la Secretaría de Gobernación, número tal”, el lector no tiene dónde ir a cotejarlo hoy. Eso pone al apostador en una posición rara: la marca es a la vez la fuente y el objeto de la afirmación.
La salida práctica no es la desconfianza absoluta ni la fe, es un orden de comprobaciones que cada quien puede hacer en cinco minutos. Primero, que el sitio mencione la SEGOB y no una autoridad extranjera como fundamento principal. Segundo, que nombre un permisionario con razón social completa. Tercero, que los datos de contacto incluyan un domicilio en México y no solo un chat. Cuarto, que los términos de retiro nombren un plazo y una cuenta a nombre del titular. Un sitio que pasa las cuatro pruebas sigue siendo un sitio cuya palabra no se puede verificar oficialmente, pero al menos es coherente consigo mismo, y eso filtra una parte considerable del mercado gris.
Lo que compra un permiso, al final, no es el derecho a apostar: es el derecho a reclamar. Un operador con permiso tiene domicilio en el país, contabilidad auditada, fianza constituida y obligación de reportar. Un operador sin permiso no tiene nada de eso, y sus saldos pueden quedar congelados por una orden administrativa, como les ocurrió a las dos marcas grandes que hoy están fuera de la tabla.
Qué cambia con el nuevo impuesto y quién lo acaba pagando
Desde el 1 de enero de 2026 rige el IEPS de 50 por ciento sobre los juegos con apuesta y los sorteos que necesitan permiso bajo la Ley Federal de Juegos y Sorteos, según el artículo 2, fracción II, inciso B) de la Ley del IEPS, reformado en el Diario Oficial de la Federación del 7 de noviembre de 2025. Antes de esa reforma la tasa era de 30 por ciento. El mismo inciso alcanza a los juegos en línea que operan residentes en el extranjero sin establecimiento en México, obligados a cumplir con las cargas del IEPS y expuestos al bloqueo temporal del servicio digital por incumplimiento grave, en los artículos 18-H BIS a 18-H QUINTUS de la Ley del IVA.
La base del impuesto no está asentada. El texto revisado dice “valor de la actividad”; la prensa habla del monto total apostado. Este texto no escribe “50 por ciento de las apuestas” ni “50 por ciento del ingreso bruto”, porque ninguna de las dos frases está respaldada por la ley revisada. Lo que sí es un hecho verificable es la consecuencia de mercado: tras la subida del IEPS los operadores rediseñaron los bonos de bienvenida para absorber parte del impuesto. Es decir, el ajuste se hizo en el mismo lugar donde siempre se hace, en la letra pequeña de la promoción.
En el otro extremo, el premio del jugador también pasa por el fisco. Las ganancias de loterías, sorteos, juegos con apuesta y concursos autorizados legalmente son ingreso gravado según los artículos 137 y 138 de la Ley del ISR. El pagador retiene 1 por ciento cuando el estado no grava el premio o su impuesto no supera 6 por ciento, y 21 por ciento cuando un impuesto estatal sí rebasa ese 6 por ciento. Esa retención es pago definitivo solo si la persona presenta la declaración que corresponde cuando está obligada; si no, el ingreso se acumula y la retención se acredita. La Ciudad de México aplica un impuesto estatal de 6 por ciento sobre premios, alrededor de 7 por ciento en total según un reporte secundario, y los premios que superan 600.000 pesos al año deben informarse en la declaración anual, también según reporte secundario.
El tratamiento fiscal de los premios obtenidos en un sitio sin permiso no está asentado, porque el artículo 137 habla de premios “autorizados legalmente”. Nadie debería leer este párrafo como una posición fiscal: es un tema de contador.
Salvaguardas: las herramientas que existen y el registro que no existe
El juego responsable en México se sostiene sobre hierro voluntario y sobre una ausencia que conviene decir en voz alta: no hay un registro nacional de autoexclusión. No existe una lista de personas que hayan pedido que se les cierre la puerta, ni una obligación general de los operadores de consultarla, ni una autoridad que la administre. Quien quiere dejar de entrar a un sitio depende de la herramienta interna de ese sitio, y de repetir el trámite en cada uno de los demás.
Lo que sí existe son controles internos que las marcas anuncian en sus propias fichas. La ficha de la app de Codere México dice que limita el uso a mayores de 18 años e incluye avisos de juego responsable y políticas de cierre de cuenta. El pie de página de caliente.mx indica que los juegos con apuestas están prohibidos para menores de edad, pide divertirse con responsabilidad y enlaza una sección de juego responsable. Los descansos obligatorios, los límites de depósito y la autoexclusión interna son las tres herramientas que aparecen en las fichas de las tiendas de aplicaciones: pausas de sesión, topes de depósito y cierres temporales de cuenta, cada marca con su propio procedimiento y su propio plazo.
Ese es el verdadero costo de la parte de salvaguardas, y conviene medirlo con precisión. Un registro nacional significaría que, una vez activada la autoexclusión, el jugador no puede abrir una cuenta nueva en otra casa con permiso. Sin ese registro, la autoexclusión en México es un compromiso con una marca concreta, y el jugador que quiere volver a apostar en la casa de la esquina solo tiene que escribir otro correo. La barrera no es legal, es de voluntad, y eso la hace mucho más frágil.
El Reglamento ayuda hasta cierto punto. Su artículo 5 prohíbe a los menores estar en las áreas de apuestas de los establecimientos y participar en el “cruce de apuestas”, pero no fija una edad numérica. Los 18 años que ves en las fichas y pies de página son lo que las marcas escriben de sí mismas, y un número estatutario de edad para apostar no está asentado. En el papel de un permisionario sí hay obligaciones duras: cuentas trimestrales y anual auditada, seguro, reporte de operaciones sospechosas y fianza, todas del artículo 29 del Reglamento. Ninguna de ellas protege directamente al jugador con un problema de control; protegen la integridad del permiso. Es una distinción que se pierde en la publicidad de las casas y que a un lector le cambia la expectativa: la supervisión existe, pero no está diseñada como red de seguridad personal.
Dónde buscar ayuda si el juego dejó de ser un entretenimiento es una pregunta que ninguna marca resuelve por ti. Los avisos de juego responsable y las secciones que enlazan los pies de página son el punto de partida que ponen las propias casas; lo que la ley revisada no construye es un mecanismo único al que una persona pueda apuntarse una vez y quedar fuera de todo el mercado con permiso.
Criptomonedas y seudonimato: por qué una casa con permiso no cobra en bitcoin
Aquí llega el punto donde el interés del lector choca con la estructura del mercado, y hay que decirlo sin adornos. Las criptomonedas existen, funcionan y mueven dinero real todos los días. Lo que no existe en México es una casa de apuestas con permiso de la SEGOB que las acepte como forma de pago, y la razón no es un capricho comercial.
El dato que ordena todo es este: los métodos de pago que aparecen en las fichas, pies de página y listados de los operadores con permiso son tarjetas, transferencia SPEI, vouchers en tiendas como OXXO y monederos electrónicos. Ninguno de esos documentos de marca nombra una criptomoneda. No es que las nueve casas de esta comparativa hayan decidido no aceptar bitcoin: es que el permiso que las sostiene se apoya en controles de identidad, en retiros a cuenta a nombre del titular y en reportes a la UIF y al SAT, y una moneda que se mueve entre direcciones sin nombre no encaja en ese andamiaje. Si mañana apareciera como método, sería porque cambió el andamiaje, no porque cambió el gusto del público.
Para un apostador mexicano que busca “a qué cripto apostar” hay que separar dos cosas que se mezclan en las búsquedas. Una es la moneda con la que se paga el boleto, y aquí la respuesta local es clara: ninguna casa con permiso la ofrece. La otra es un sitio que se anuncia como casa de apuestas cripto, opera con monedas digitales y no muestra un permiso de la SEGOB, y esa figura pertenece a la zona sin permiso que se describe más abajo en el apartado de sitios sin permiso de la SEGOB. Son dos mundos con dos contratos distintos.
Apostar bitcoin en un sitio sin permiso tiene un precio que rara vez se pone en la balanza junto al atractivo de los pagos rápidos. Ese precio incluye la ausencia de un local legal en México, la ausencia de un permiso verificable, la ausencia de fianza y de cuentas auditadas, y la posibilidad de que un saldo quede inmovilizado por una decisión administrativa tomada sin aviso. Los datos de 2025 y 2026 muestran esa fragilidad en acción: en noviembre de 2025 la UIF identificó trece casinos y congeló cuentas, y dos de las marcas más grandes del país quedaron deshabilitadas; en julio de 2026 la DGJS suspendió diez dominios de casino en línea. Ninguna de las dos cosas protege al jugador que tenía saldo, y ninguna de las dos ocurre hoy en un sitio sin permiso que simplemente sigue operando desde fuera.
Lo que queda del atractivo cripto, visto con calma, es un argumento sobre el flujo del dinero y no sobre las apuestas. La prueba de trabajo y el límite de 21 millones de monedas describen una política monetaria, no un mercado de momios. El primer bloque de la cadena se minó el 3 de enero de 2009 y la última fracción se minaría alrededor de 2140: nada de eso mejora una apuesta, reduce un margen ni devuelve una pata fallida de un parlay. Es un sistema de registro, y en una apuesta el problema real no es cómo se registra la transacción, es a qué precio te venden el resultado.
Esa es la conclusión a la que llega un lector que mira las dos columnas juntas. Si quiere una cuenta reclamable en México, con domicilio, fianza y CFDI cuando toque, la moneda digital no está en el menú y no hay manera de que esté mientras el marco sea el que es. Si quiere usar monedas digitales y no le importa renunciar a todo eso, el sitio que le queda pertenece a otra categoría, con otro contrato y otro riesgo, y conviene saberlo antes de depositar y no después.
Sitios sin permiso de la SEGOB: la zona donde el jugador no tiene a quién reclamarle
La arquitectura del Reglamento es la que define esta zona. Su artículo 2 prohíbe la actividad de apuestas que no esté prevista expresamente, y el artículo 8 de la ley de 1947 faculta a la SEGOB a clausurar establecimientos sin autorización. La SEGOB ha reforzado además su capacidad de bloquear dominios y aplicaciones sin permiso, aunque una base legal específica para bloquear sitios de apuestas más allá del bloqueo por incumplimiento fiscal (artículos 18-H BIS a 18-H QUINTUS de la Ley del IVA) no está asentada.
Ese conjunto de reglas produce un mercado gris con una propiedad incómoda: el jugador no recibe protección y tampoco recibe una sanción clara. Una multa o un delito para quien simplemente apuesta en un sitio sin permiso no está asentado, y este texto no afirma ni una cosa —que haya castigo— ni la contraria. Lo que sí se puede afirmar es lo que caracteriza la zona: sin permiso no hay local legal mexicano al cual acudir, no hay permiso que consultar, no hay fianza de la que echar mano y no hay cuentas auditadas que revisar. Los sitios con licencia de Curazao no son permisionarios mexicanos, digan lo que digan sus sellos en el pie de página.
Hay tres características de la zona que un lector educado reconoce rápido. La primera es que el sitio evita nombrar a la SEGOB y a México; su marco legal declarado es de otra jurisdicción. La segunda es que sus métodos de pago son los que ningún banco mexicano sostiene sin preguntas: monedas digitales, transferencias a terceros, intermediarios de cobro. La tercera es que no hay una entidad con nombre y domicilio que responda de un saldo. Las tres van juntas, y las tres describen el modelo que suele venderse con la palabra “apuestas cripto”.
Para el lector del bloque sobre criptomonedas esto no es una advertencia genérica, es una comprobación concreta. Si un sitio se anuncia como casa de apuestas cripto y además no publica un permiso de la SEGOB, no hay un permiso detrás que explique el resto de sus reglas. Y si publica ambas cosas —una moneda digital y un número de permiso mexicano— conviene llevar el nombre del permisionario y el número a los mismos cinco minutos de comprobación que cualquier lector puede hacer: la mención de la SEGOB como autoridad principal, la razón social completa, un domicilio en México y un plazo de retiro por escrito.
La inestabilidad de los últimos meses no es un detalle de color. El 11 y 12 de noviembre de 2025 la UIF identificó trece casinos y congeló cuentas, y dos marcas grandes quedaron inhabilitadas; en diciembre de 2025 un tribunal colegiado les permitió publicar solo contenido informativo ajeno a las apuestas; en marzo de 2026 un juez de distrito otorgó a bet365 un amparo contra el bloqueo y el sitio seguía inactivo el 24 de marzo de 2026; en julio de 2026 la DGJS suspendió diez dominios, entre ellos betano.mx y bet365.mx; el 23 de octubre de 2026 un tribunal federal habría suspendido, según una sola fuente, la orden de la SEGOB contra bet365 y Betano. Cerca de veinte casinos físicos fueron cerrados en 2026. Ninguna de esas piezas permite decir que un sitio está abierto o cerrado hoy, y por eso la página las cuenta con fecha y sin veredicto.
Vale la pena cerrar esta parte con la comparación honesta, la que no depende del humor de un tribunal. Una marca con permiso aporta un domicilio legal mexicano, un permiso de la SEGOB, controles de identidad y antilavado, y un CFDI de retenciones cuando el premio lo exige. Una marca sin permiso no aporta ninguna de las cuatro cosas, y a cambio permite un anonimato que en la práctica es más delgado de lo que se promete, porque la cadena de bloques es pública y permanente. Ninguna de las dos ofrece un registro nacional de autoexclusión, porque ese registro no existe en el país. La diferencia entre las dos zonas no es quién paga más ni quién tiene mejores momios: es si existe alguien con nombre, domicilio y obligación de responder.
Las nueve marcas con permiso, una por una
El orden de estas fichas sigue la lista del mercado y no es una clasificación. Ninguna de las nueve acepta criptomonedas como forma de pago, y lo que las separa entre sí son los detalles que sí cambian la experiencia: quién es el permisionario, qué se puede verificar, contra qué empresa se reclama y qué tan fácil es retirar. Los números de permiso de cada bloque son los que publican las compilaciones y los propios pies de página, no una confirmación oficial.
Pickwin: un permiso que las fuentes se contradicen entre sí
Pickwin se sostiene sobre un permiso de la SEGOB cuyo número no se puede imprimir, porque las compilaciones se contradicen: uno de los números que circula a su nombre es el mismo que el pie de página de Betcris muestra para Producciones Móviles S.A. de C.V., la empresa que la otra compilación nombra como titular junto con Unocapali La Paz Operadora. Cuando dos fuentes dan el mismo número para dos marcas distintas, lo que falla no es ninguna de las dos marcas, es el registro público que debería resolver la duda y no se puede abrir.
La marca publica su propio blog con un recuento de casas reguladas por la SEGOB, lo cual es una señal de que participa en la conversación regulatoria y también una advertencia sobre las fuentes: una lista de casas legales publicada por una casa de apuestas no es un documento oficial. El aficionado que llega ahí buscando confirmación encuentra una marca hablando de sí misma.
El juicio sobre esta ficha es incómodo por diseño: Pickwin es el caso donde el lector no puede cerrar la verificación ni con paciencia. Eso no la convierte en un operador sin permiso, ni mucho menos; la convierte en la marca donde el criterio de decisión tiene que ser otro, la experiencia de retiro y la claridad de los términos, porque el dato del permiso no se puede usar como atajo.
Novibet: el número que sí se puede citar
Novibet aparece con el permiso DGJS/DCRCA/1121/2020, según el portal Casas de Apuestas Legales, y con un titular identificable: Comercial de Juegos de la Frontera S.A. de C.V. La confirmación oficial del lado de la Dirección General de Juegos y Sorteos no existe, porque su lista no se ha podido abrir, pero al menos el dato tiene un número, una fuente y una razón social.
Que la marca no nombre una criptomoneda en su ficha de tienda de aplicaciones es la información más relevante para el tema de esta página. Novibet entra en la categoría de operadores que corren enteramente sobre los rieles tradicionales: tarjeta, SPEI, voucher, monedero electrónico.
La ficha sirve para el lector que quiere un permiso con número citable y un titular con razón social completa, aceptando que la verificación termina en el documento de la propia marca. Para el lector que busca pagar con monedas digitales, esta pieza del mercado simplemente no es el lugar, y no hay ninguna razón para esperar que lo sea.
Codere: la ficha que explica sus reglas antes de que las preguntes
Codere es la marca que al menos nombra sus obligaciones en la ficha de su aplicación. El texto dice que opera con permiso de la SEGOB, limita el uso a mayores de 18 años e incluye avisos de juego responsable y políticas de cierre de cuenta. También es la que aparece con dos permisos, DGJS/1018/2015 y DGJS/234/2019, según el portal Apuestas Legales, a nombre de Libros Foráneos S.A. de C.V.
Esa combinación de avisos en la ficha no es un adorno: es el único lugar de este comparativo donde una marca con permiso expone por escrito la edad mínima y la política de cierre de cuenta en el mismo bloque de texto. Sobre la mesa eso pesa más de lo que parece, porque la política de cierre de cuenta es exactamente el mecanismo que un jugador necesita cuando quiere autoexcluirse y no existe un registro nacional que lo haga por él.
El veredicto aquí lo decide la legibilidad: Codere es la marca que dice de antemano las reglas que la mayoría obliga a buscar en un contrato largo. Para quien valora saber antes de depositar qué pasa con su cuenta cuando decide cerrarla, esta ficha es la más útil de las nueve, y esa utilidad no depende de que la confirmación oficial exista, porque el compromiso está publicado por quien lo asume.
1xBet: dos empresas para una sola marca
1xBet trae el permiso DGJS/0002/2020, según el portal Apuestas Legales, a nombre de Entretenimientos Naturales, y una discrepancia que la hace distinta de todas las demás: la App Store lista la aplicación bajo 1XCorp N.V., una empresa distinta de la titular nombrada. La compilación que publica el número tampoco pudo confirmar el dominio 1xbet.mx ni la lista oficial.
La distancia entre el nombre que sostiene el permiso y el nombre que sostiene la aplicación es el detalle a mirar aquí, no un tecnicismo. Es la misma estructura que aparece en varios puntos de este mercado: la marca comercial del sitio, el permisionario del permiso y la empresa que publica la app pueden ser tres piezas distintas, y el jugador que necesita reclamar un saldo tiene que saber a cuál de las tres le está escribiendo.
No hay criptomoneda en su ficha, igual que en las demás. Para el lector que elige por cifras, 1xBet es un permiso con número frente a una empresa distinta en la tienda de aplicaciones, y esa asimetría es la información que la ficha entrega.
Betway: el número corto y lo que no dice
Betway aparece con permiso 4184, según casasdeapuestaslegales.mx, y con Espectáculos Deportivos Frontón México S.A. de C.V. como titular. El titular es el dato interesante: un frontón es una de las figuras que el Reglamento contempla para obtener permisos complementarios de apuestas remotas, de modo que la estructura de esta marca calza con el modelo previsto en el artículo 28.
El número corto llama la atención en una lista donde los demás tienen diagonales y años. No hay razón para desconfiar de un formato y confiar en otro, y hacerlo sería el tipo de atajo que este mercado castiga; lo que hay que subrayar es que ambos formatos vienen de la misma clase de fuente, y ninguno está confirmado oficialmente.
Como criterio de decisión, Betway es la marca cuya estructura se lee más fácil contra la letra del Reglamento, con un titular de frontón y apuestas remotas complementarias. Para el lector que quiere entender por qué una marca comercial de apuestas deportivas cuelga de un permiso de frontón, esta ficha es el ejemplo más claro del comparativo, y la respuesta está en el artículo 28, no en el pie de página de la marca.
Strendus: tres permisos y dos titulares posibles
Strendus es la marca con más números en su haber: DGJS/075/2018, DGJS/2801/2021 y DGJS/DCRCA/2321/2021, según casasdeapuestaslegales.mx. El titular también se abre en dos posibilidades, Atracciones y Emociones Vallarta o New Ads, según la compilación que se lea.
Tres permisos y dos titulares posibles es el caso perfecto para explicar por qué el número no basta. Un permiso puede corresponder a distintos tipos de autorización —centro de apuestas remotas, salas de sorteos, complementarios— y la suma de tres documentos no es un indicador de calidad ni de tamaño. En un mercado donde la información de permisos viene de compilaciones que no coinciden, la acumulación de números funciona más como señal de desorden documental que como prueba de solidez.
Para el lector, la consecuencia práctica es sencilla: si va a comprobar algo en Strendus, que compruebe la razón social del titular en el pie de página y el plazo de retiro, y no el inventario de permisos. Ese inventario no está en condiciones de decidir nada.
Betcris: el pie de página que nombra dos jurisdicciones
Betcris es el caso más rico para el tema de este texto. Su pie de página nombra un permiso de la SEGOB y una licencia de la Autoridad de Juegos de Malta, MGA/B2C/300/2008, vigente del 1 de agosto de 2018 al 3 de noviembre de 2026. Además, el número del permiso en su propio pie de página y el de la tabla del titular difieren: el pie muestra un número a nombre de Producciones Móviles, S.A. de C.V., que según el oficio DGJS/405/2018 opera junto con Paradise Riviera Gaming, S.A. de C.V., y la compilación da otro. La empresa del sitio aparece como TV Global Enterprises Ltd.
Dos marcos legales en un mismo pie de página no son una señal de fuerza, son una señal de arquitectura dual. Una licencia de Malta tiene sentido para el jugador europeo; para el jugador mexicano, el documento que importa es el permiso local, y aquí ese permiso no se puede verificar. La coincidencia del número con el de Pickwin —que aparece dos fichas más arriba— hace pensar que las compilaciones copian de la misma fuente, y cuando eso ocurre, el error se replica.
Una licencia de Malta tampoco es una garantía de nada frente a una autoridad mexicana, y conviene decirlo sin dramatismo: son jurisdicciones distintas y ninguna responde por la otra. El valor real de esta ficha es que muestra la estructura de una marca grande operando con dos sombreros, y que cuando surja un problema, el jugador tiene que saber cuál de los dos sombreros le está respondiendo.
Caliente: el permiso que sí está en su propio pie de página
Caliente publica su permiso, DGG/SP/404/97, en el pie de página de su propio sitio, y lo presenta como autorización de la Secretaría de Gobernación. La operadora del sitio es Tecnología en Entretenimiento Caliplay, S.A.P.I. de C.V., del grupo Caliente. Su app, “Caliente Deportes”, aparece en la App Store de México publicada por esa misma operadora, en la versión 8.12.1 del 20 de octubre de 2026.
El dato de la app es más útil de lo que parece. Que la ficha de la aplicación esté publicada por la misma razón social que opera el sitio significa que la cadena de responsabilidad no se pierde entre nombres distintos, algo que no ocurre en todas las marcas de esta lista. Y el pie de página dice también que los juegos con apuestas están prohibidos para menores de edad, pide divertirse con responsabilidad y enlaza una sección de juego responsable.
Falta la pieza que ninguna marca resuelve: el número está publicado por quien lo usa, no por quien lo otorga. Para el lector que quiere una marca donde el nombre del permisionario, el nombre del sitio y el nombre del editor de la app son el mismo, Caliente es la ficha con menos costuras del comparativo, siempre dentro del límite que impone la falta de un registro público.
Playdoit: permiso de 2005 y operación digital de hoy
Playdoit aparece con el permiso DGAJS/SCEVF/P-02/2005, según casasdeapuestaslegales.mx, a nombre de Eventos Festivos de México. El año del permiso es el detalle que ordena esta ficha: dos décadas antes de la operación digital actual.
Un permiso viejo no es un permiso mejor, pero sí cuenta una historia sobre el mercado mexicano. Los permisos de apuestas remotas cuelgan de autorizaciones pensadas para establecimientos, y marcas que hoy funcionan como operadores digitales se apoyan en documentos que pueden tener veinte años. Eso explica por qué los tipos de permiso del artículo 28 —centros de apuestas remotas y salas de sorteos de números o símbolos— conviven con titulares que uno asociaría a otro giro.
La ficha de Playdoit cierra el comparativo con la marca que mejor ilustra esa continuidad: permiso antiguo, marca digital, titular reconocido y ninguna criptomoneda en su lista de pagos. Para el lector que evalúa por titular y trayectoria del documento, esta ficha es la más clara sobre de dónde viene el permiso.
Preguntas frecuentes sobre las cripto apuestas en México
¿Se puede depositar con criptomonedas en una casa de apuestas con permiso en México?
No, según lo que las propias marcas publican. Los métodos que aparecen en sus fichas y pies de página son tarjetas, transferencia SPEI, vouchers en tiendas como OXXO y monederos electrónicos. Ninguno de esos documentos de marca nombra una criptomoneda. Un sitio que sí las acepte pertenece al grupo de operadores sin permiso de la SEGOB descrito en esta página.
¿Cómo compruebo si una casa de apuestas tiene un permiso de la Secretaría de Gobernación?
Revisa el pie de página del sitio: debe nombrar la SEGOB como autoridad principal, dar una razón social completa como permisionario y publicar un domicilio en México. La lista oficial de la Dirección General de Juegos y Sorteos, que debería permitir cotejar el número, no se ha podido abrir, así que el dato es lo que la marca dice de sí misma.
¿Por qué una casa de apuestas me pide identificación y comprobante de domicilio?
Porque el juego con apuestas es una actividad vulnerable bajo la ley antilavado: los operadores verifican la identidad de sus usuarios y reportan operaciones relevantes a la UIF y al SAT. Ese control es también la razón por la que los retiros van a una cuenta a nombre del titular y no a la de un tercero.
¿Cómo pongo límites de depósito o de pérdida en una casa de apuestas mexicana?
Se hace dentro de cada operador, porque en México no existe un registro nacional de autoexclusión ni una autoridad que lo administre. Descansos de sesión, topes de depósito y autoexclusión interna son herramientas de la propia marca, con su procedimiento y su plazo. Si te cierras en una casa, eso no te cierra en las demás.
¿Qué riesgo corro si apuesto en un sitio sin permiso de la SEGOB?
El riesgo principal no es una multa —no está asentado que apostar en un sitio sin permiso te castigue— sino quedarte sin a quién reclamar. Sin permiso no hay local legal mexicano, ni fianza, ni cuentas auditadas, y los saldos de operadores bloqueados o suspendidos pueden quedar inmovilizados, como ocurrió con dos marcas grandes en 2025 y 2026.
¿Los premios de las apuestas pagan impuestos en México y quién los retiene?
Las ganancias de juegos con apuesta autorizados legalmente son ingreso gravado. El pagador retiene 1 por ciento cuando el estado no grava el premio o su impuesto no pasa de 6 por ciento, y 21 por ciento cuando un impuesto estatal rebasa ese 6 por ciento. El tratamiento de premios de sitios sin permiso no está asentado: es tema de contador.
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